Art. 6
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 6

9 / 96
En vigor desde 26 abr 2012
Son requisitos administrativos para el ejercicio de cualquier actividad comercial: a) Estar dado de alta en el epígrafe o epígrafes correspondientes al Impuesto de Actividades Económicas y al corriente en el pago. b) Estar dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social que le corresponda. c) Cumplir los requisitos establecidos por las reglamentaciones específicas a aplicar en los productos y servicios que se dispongan para la venta. d) Observar los preceptos de esta Ley y de demás normativa vigente.

Tus anotaciones

Pro

BOC-j-2012-90002#art-6