Art. 57
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Definición

Art. 57

60 / 96
En vigor desde 26 abr 2012
Se consideran actividades feriales, a efectos del presente capítulo, las manifestaciones comerciales con una duración limitada en el tiempo que tienen por objeto la exposición de bienes o la oferta de servicios por una pluralidad de expositores, para favorecer su conocimiento y difusión, promover contactos e intercambios comerciales, lograr mayor transparencia en el mercado y acercar la oferta de las distintas ramas de la actividad económica a la demanda.

Tus anotaciones

Pro

BOC-j-2012-90002#art-57