Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Fases del procedimiento
Art. 45
48 / 96En vigor desde 26 abr 2012
1. El procedimiento para conceder la licencia comercial se iniciará a solicitud de la persona física o jurídica que vaya a ejercer la actividad comercial en el establecimiento de que se trate o del promotor en el caso de los centros comerciales, que deberá acreditar su personalidad y representación, debiendo acompañarse la documentación que se relaciona a continuación, de la que se aportarán tantas copias en soporte de papel o digital, a elección del solicitante, como organismos o entidades participen en el proceso de concesión de la misma, sin perjuicio del derecho de los interesados a no aportar datos y documentos que obren en poder de las administraciones públicas en virtud del artículo 6.2, letra b), de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos:
a) Descripción del establecimiento sujeto a la autorización mediante un proyecto técnico firmado por profesional competente, visado por el colegio profesional correspondiente, cuya documentación se determinará reglamentariamente. En todo caso ha de constar la superficie construida total, la superficie útil y la superficie de exposición y venta, así como la destinada a los diferentes usos mediante memoria y planos, además del contenido exigido por la normativa urbanística general y la específica de la entidad local donde se pretenda implantar y del visado colegial, además de:
• Plano de localización geográfica en el término municipal en el que se sitúe el establecimiento sujeto a licencia, su distancia al centro urbano y viarios principales de acceso desde el propio municipio y los de su entorno.
• Calendario previsto para la realización del proyecto.
• Número de plazas destinadas a estacionamiento público.
b) Presupuesto de la inversión total a realizar y de la existencia o no de ayudas públicas en la financiación.
c) Cuando el proyecto conlleve un traslado o una modificación de los límites de un espacio ya existente destinado a superficie de venta, se aportarán, además, los planos que describan las superficies anteriormente mencionadas del último proyecto de ejecución por el que se obtuvo licencia urbanística de obras, así como copia de todas las autorizaciones que ampararon dicho proyecto.
d) La documentación acreditativa que permita valorar el cumplimiento de los criterios del artículo 43.
e) Memoria descriptiva del empleo que se prevé generar, con indicación de la plantilla total del establecimiento y modalidades de contratación. Además, en los casos de ampliación o traslado se especificará cualquier incidencia que sobre el empleo existente produzca el nuevo proyecto presentado.
f) Acreditación, por cualquier medio admitido en Derecho, de la disponibilidad de los terrenos o de la edificación sobre la que se pretende ejercer la autorización solicitada.
g) Copia de los posibles convenios o acuerdos alcanzados con las administraciones públicas que tengan relación con el establecimiento sujeto a autorización.
h) Estudio de impacto ambiental cuando fuera obligatorio.
2. En el supuesto de que en el establecimiento se vaya a realizar alguna actividad clasificada y el interesado opte por la tramitación simultánea prevista en la ley que regula la materia, aportará además la documentación contenida en el artículo 17 de la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias, o norma que la sustituya.
3. La solicitud será inadmitida, previa audiencia a los solicitantes, cuando sea manifiestamente contraria a la legislación y ordenación territorial vigentes.
Tus anotaciones
ProBOC-j-2012-90002#art-45