Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 31 mar 2012
Las remisiones realizadas por otras disposiciones a la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía, se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes del texto refundido que se aprueba.

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BOJA-b-2012-90003#disposicion-adicional-unica