Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional tercera

105 / 119
En vigor desde 31 mar 2012
Se añade el contenido de la disposición adicional tercera de la Ley 3/2010, de 21 de mayo, con la siguiente redacción: «Todas las menciones realizadas por la normativa vigente a la Comisión Asesora de Comercio Interior se entenderán hechas al Consejo Andaluz de Comercio.»

Tus anotaciones

Pro

BOJA-b-2012-90003#disposicion-adicional-tercera