Art. 5 bis
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 5 bis

10 / 119
En vigor desde 18 dic 2021
1. El comercio electrónico consiste en la compra y venta de productos a través de Internet contando o no con un establecimiento comercial. 2. Cuando la venta se lleve a cabo a través de comercio electrónico, tiene la consideración de venta especial de acuerdo con la regulación establecida en el título V. 3. La regulación contenida en el título III no será de aplicación a la actividad comercial ejercida a través de comercio electrónico. Se añade por el .4 del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre de 2021. Ref. BOJA-b-2021-90434#a4-11

Tus anotaciones

Pro

BOJA-b-2012-90003#art-5-bis