Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Informe autonómico para la autorización de grandes superficies minoristas
Art. 41
Derogado48 / 119En vigor desde 17 oct 2014
El Ayuntamiento elaborará una memoria sobre la idoneidad de la gran superficie minorista que contenga la superficie útil para la exposición y venta al público, la inversión y empleo previsto, planos de situación del establecimiento y cadena a la que pertenece cuando exista una gran superficie minorista de carácter individual, debiendo pronunciarse sobre:
1. El instrumento de planeamiento que contenga la ordenación detallada en la que se emplaza la gran superficie minorista y la calificación y uso del suelo en que está prevista su instalación.
2. El plan de movilidad urbana.
3. La adecuación a las necesidades previstas del establecimiento, de las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento de agua, así como de las de suministro de energía.
4. El cumplimiento de los requisitos de aparcamientos, tratamiento y eliminación de residuos sólidos, instalación de aguas grises y eficiencia energética.
5. La accesibilidad a las personas con cualquier tipo de discapacidad.
Se modifica el apartado 1 por el art. único.5 del Decreto-ley 12/2014, de 7 de octubre. Ref. BOJA-b-2014-90399 .
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2012-90003#art-41