Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición transitoria segunda
51 / 55En vigor desde 21 oct 2011
A la entrada en vigor del presente texto refundido, y en tanto no sean aprobados los desarrollos reglamentarios, serán de aplicación las normas reglamentarias vigentes en todo aquello que no se oponga o contradiga al mismo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/dlg/2011/07/28/1#disposicion-transitoria-segunda