Art. Disposición transitoria sexta
Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO IV

Art. Disposición transitoria sexta

658 / 676
En vigor desde 23 abr 2011
1. Las normas de la Sección 3ª del Capítulo II del Título II son de aplicación a la revisión judicial de los convenios reguladores y de las medidas judiciales adoptadas con anterioridad al 8 de septiembre de 2010, fecha de entrada en vigor de la Ley 2/2010, de 26 de mayo, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres. 2. La solicitud de custodia compartida por uno de los progenitores es causa de revisión de los convenios reguladores y de las medidas judiciales adoptadas bajo la legislación anterior durante un año a contar desde el 8 de septiembre de 2010.

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BOA-d-2011-90007#disposicion-transitoria-sexta