Libro LIBRO CUARTO›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 574
622 / 676En vigor desde 23 abr 2011
Los voladizos, en pared propia o medianera, que caigan sobre fundo ajeno son los únicos signos aparentes de servidumbres de luces y vistas. No lo son la falta de la protección señalada en el artículo 545 ni tampoco los voladizos sobre fundo propio.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2011-90007#art-574