Libro LIBRO TERCERO›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 402
449 / 676En vigor desde 23 abr 2011
Si no se hubiera convenido otra cosa, la revocación de la institución de presente produce la reversión al instituyente de los bienes transmitidos al instituido que éste conserve y de los subrogados en ellos.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2011-90007#art-402