Art. 2
Libro Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidosTítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 1 ene 2019
De acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1.b) de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, y el artículo 74 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes y sobre el Patrimonio, se aprueba la escala autonómica de tipos de gravamen aplicable a la base liquidable general, de conformidad con lo establecido en la normativa estatal reguladora del impuesto, que será la siguiente: Base liquidable – Hasta euros Cuota íntegra – Euros Resto b. liquidable – Hasta euros Tipo aplicable – Porcentaje 0 0 12.450,00 9,50 12.450,00 1.182,75 7.750,00 11,20 20.200,00 2.050,75 13.800,00 13,30 34.000,00 3.886,15 26.000,00 17,90 60.000,00 8.540,15 En adelante. 22,50 Se modifica por el art. 56.2 de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-2039 Se modifica por el art. 56.3 de la Ley 1/2016, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2016-3540 . Se modifica por el art. 55 de la Ley 13/2014, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-946 . Se modifica por el .1 de la Ley 6/2013, de 8 de julio. Ref. BOE-A-2013-8990 . Se modifica por el .3 de la Ley 7/2011, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-2270 . Esta modificación tiene efectos desde el 1 de enero de 2011, según establece la disposición final 5.

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eli/es-mc/dlg/2010/11/05/1#art-2