Art. 14
Libro Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidosTítulo TÍTULO II

Art. 14

21 / 35
En vigor desde 29 nov 2014
El tipo impositivo aplicable a los medios de transporte de los epígrafes 4.º y 9.º del artículo 70.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, se fija en el 15,90%. Se modifica por el .7 de la Ley 8/2014, de 21 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-13369 . Se modifica por el .5 del Decreto-ley 2/2014, de 1 de agosto. Ref. BORM-s-2014-90385 . Se modifica el apartado 7.2 por el .5 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-752 . Se añade por el .6 de la Ley 6/2013, de 8 de julio. Ref. BOE-A-2013-8990 . Su anterior numeración era .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/dlg/2010/11/05/1#art-14