Título TÍTULO SÉPTIMO›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección cuarta. Competencias
Art. Disposición adicional vigésima primera
267 / 309En vigor desde 1 may 2020
Todas las referencias contenidas en la normativa vigente a la Comisión de Urbanismo de Cataluña o a la Comisión de Política Territorial y de Urbanismo de Cataluña han de entenderse realizadas a la Comisión de Territorio de Cataluña.
Se añade por el .21 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569 Redactado conforme a la corrección de erratas publicada en DOGC núm. 8135, de 18 de mayo de 2020. Ref. BOE-A-2020-5901
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Proeli/es-ct/dlg/2010/08/03/1#disposicion-adicional-vigesima-primera