Art. 11
Título TÍTULO PRELIMINARCapítulo CAPÍTULO II

Art. 11

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En vigor desde 6 ago 2010
Son nulas de pleno derecho las reservas de dispensación contenidas en los planes urbanísticos y las ordenanzas urbanísticas municipales, y también las que concedan las administraciones públicas al margen de estos planes y ordenanzas.
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