Libro Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 56
68 / 160En vigor desde 29 jul 2009
1. La Agencia de Residuos de Cataluña es una entidad de derecho público, regulada por el artículo 1.b) del Decreto Legislativo 2/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 4/1985, de 29 de marzo, del Estatuto de la empresa pública catalana.
2. La Agencia de Residuos de Cataluña goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar y ajusta su actividad al derecho privado, sin perjuicio de la aplicación de las normas de derecho administrativo en los supuestos en que ejerce funciones y potestades públicas.
3. La Agencia de Residuos de Cataluña se adscribe al departamento competente en materia de medio ambiente.
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Proeli/es-ct/dlg/2009/07/21/1#art-56