Art. 41
Libro Texto refundido de la Ley reguladora de los residuosTítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección cuarta. Tasas, otros tributos y precios públicos

Art. 41

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En vigor desde 29 jul 2009
Las tarifas de los servicios de titularidad de la Administración de la Generalidad que se gestionan de forma indirecta se fijarán en el contrato de gestión.
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