Libro Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 15
19 / 160En vigor desde 29 jul 2009
Para la utilización de los residuos como fuente de energía, se pueden adoptar las medidas siguientes:
a) La preparación de los residuos con el fin de facilitar el uso y la comercialización como combustible.
b) La promoción de las técnicas y los sistemas de aprovechamiento energético de los residuos.
c) Otras acciones dirigidas a utilizar los residuos como fuente de energía.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/dlg/2009/07/21/1#art-15