Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 18 bis
37 / 93En vigor desde 1 ene 2026
La escala autonómica aplicable a la base liquidable general, a la que se refiere el artículo 74.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en redacción dada por la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, será la siguiente:
Tramos Base liquidable – Desde euros Cuota íntegra – En euros Resto base liquidable – Hasta euros Tipo aplicable – % 1 0 0 13.748,00 9,00 2 13.748,00 1.237,32 5.674,00 11,50 3 19.422,00 1.889,83 16.502,00 14,00 4 35.924,00 4.200,11 21.642,00 18,50 5 57.566,00 8.203,88 35.702,00 23,50 6 93.268,00 16.593,85 30.477,00 25,00 7 123.745,00 24.213,1 en adelante 26,00
Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2025, por la disposición final 11.17 de la Ley 9/2025, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-7560 Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2024, por la disposición final 10.23 de la Ley 5/2024, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-4913 Se modifica por la disposición final 7.6 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1566 Se modifica por la disposición final 8.2 de la Ley 7/2018, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-860 Se modifica por la disposición final 2.1 de la Ley 11/2014, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1113 . Se modifica por el art. 45.12 de la Ley 4/2012, de 25 de junio. Ref. BOE-A-2012-9282 . Esta modificación tiene efectos desde el 1 de enero de 2012, según establece la disposición final 9.2. Se añade por el .4 de la Ley 11/2011, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-1256#a3 .
Tus anotaciones
ProBOC-j-2009-90008#art-18-bis