Art. 48
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO V

Art. 48

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En vigor desde 1 ene 2014
(Derogado) Se deroga, con efectos de 1 de enero de 2013, por la disposición derogatoria 2.a) de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-592 .

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Pro

eli/es-an/dlg/2009/09/01/1#art-48