Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 30
34 / 122En vigor desde 1 ene 2011
Se proveerán por el sistema de libre designación, con convocatoria pública entre personal funcionario de carrera, los puestos de trabajo de carácter directivo o de especial responsabilidad y aquellos que requieran una confianza personal para ejercer sus funciones. En todo caso, mediante este procedimiento, se proveerán las subdirecciones generales o equivalentes, jefaturas de servicio o equivalentes, las secretarías de altos cargos, así como, excepcionalmente, otros de nivel inferior que, como tales, se determinen en las relaciones de puestos de trabajo, según los criterios que se establezcan, en este último caso, previa negociación con las organizaciones sindicales.
Los puestos clasificados como de libre designación estarán sometidos a disponibilidad horaria en los términos que se establezcan reglamentariamente.
Se modifica por el de la Ley 15/2010, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-2546 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/dlg/2008/03/13/1#art-30