Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 23
27 / 122En vigor desde 14 jun 2008
Los cuerpos de personal funcionario dependerán orgánicamente de la consellería competente en materia de función pública, sin perjuicio de la que funcionalmente les corresponda.
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Proeli/es-ga/dlg/2008/03/13/1#art-23