Art. 15
Título TÍTULO III

Art. 15

19 / 122
En vigor desde 14 jun 2008
Corresponde a la conselleira o conselleiro competente en materia de Administración local: 1. Ejercer las competencias que, respecto del personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional, le correspondan a la Comunidad Autónoma de Galicia. 2. La designación de personas representantes de la comunidad autónoma en los tribunales calificadores de procesos selectivos de personal para las entidades locales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/dlg/2008/03/13/1#art-15