Título TÍTULO I
Art. 1
5 / 122En vigor desde 14 jun 2008
1. La presente ley tiene por objeto ordenar y regular todo el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, en desarrollo de su estatuto de autonomía y en el marco de la legislación básica del Estado.
2. Se podrán dictar normas especiales para adaptar esta ley a las peculiaridades del personal docente, investigador y sanitario.
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Proeli/es-ga/dlg/2008/03/13/1#art-1