Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CAJAS DE AHORROS DE CATALUÑA›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 62
73 / 86En vigor desde 31 jul 2012
En la denominación de la fundación especial, que no debe inducir a confusión sobre su naturaleza jurídica, debe hacerse constar la expresión fundación especial . La referencia a la caja de ahorros de la que proviene tan solo es aceptable si va precedida de expresiones como antigua o equivalentes.
Se añade por el de la Ley 9/2012, de 25 de julio. Ref. BOE-A-2012-10716 .
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90015#art-62