Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CAJAS DE AHORROS DE CATALUÑA›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 51
61 / 86En vigor desde 14 mar 2008
Corresponde al Departamento de Economía y Finanzas la aprobación de los acuerdos de la Asamblea general de las Cajas de Ahorros relativos a la determinación de los excedentes y a su distribución, de acuerdo con la normativa aplicable.
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ProDOGC-f-2008-90015#art-51