Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 97
120 / 275En vigor desde 28 dic 2007
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten los servicios o sean receptoras de las actividades administrativas que constituyen el hecho imponible.
Tus anotaciones
ProBOPV-p-2007-90050#art-97