Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 86
Derogado93 / 275En vigor desde 20 abr 2017
La cuantía de la tasa será de 6,00 euros.
Se modifica por la disposición final 1.5 de la Ley 2/2017, de 11 de abril. Ref. BOE-A-2017-5085
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ProBOPV-p-2007-90050#art-86