Art. 66
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 66

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En vigor desde 29 dic 2011
Constituye el hecho imponible de esta tasa la formación de expedientes, impresos y expedición de los títulos y certificados académicos y profesionales y sus duplicados por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación. Se modifica por el de la Ley 5/2011, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-967

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BOPV-p-2007-90050#art-66