Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 49
55 / 275En vigor desde 28 dic 2007
1. La base imponible de esta tasa está constituida por el importe del precio del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido y de esta tasa, que se acredita según certificaciones. En su caso, formarán parte de la base imponible los importes adicionales que correspondan a revisiones de precios y liquidación de obra.
2. El tipo de gravamen será del 4%.
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ProBOPV-p-2007-90050#art-49