Art. 191 ter
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO I

Art. 191 ter

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En vigor desde 1 ene 2014
La cuota por solicitud de concesión, modificación, ampliación y renovación de la etiqueta ecológica de la UE se autoliquidará por los sujetos pasivos en el momento de entregar la correspondiente solicitud. Se modifica por la disposición final 2.3 de la Ley 4/2013, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-1508 Se añade por el de la Ley 5/2011, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-967

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Pro

BOPV-p-2007-90050#art-191-ter