Art. 184
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 184

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En vigor desde 28 dic 2007
Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de servicios consistentes en la realización de trabajos y ensayos por el Laboratorio de Control de Calidad de la Edificación, tanto sean solicitados por los interesados, como prestados de oficio por la Administración.

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BOPV-p-2007-90050#art-184