Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 166
206 / 275En vigor desde 20 abr 2017
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa (euros):
1 Oficinas de farmacia. 1.1 Solicitud de creación: 93,79 1.2 Solicitud de traslado: 250,11 1.3 Transmisión. 1.3.1 Solicitud del transmitente: 437,7 1.3.2 Solicitud para optar a la adquisición: 218,85 1.3.3 Solicitud de amortización: 406,44 1.4 Solicitud de autorización de obras, salvo que las mismas lo sean para la creación de sección en oficina de farmacia: 250,11 1.5 Nombramientos de regente, sustituto o adjunto: 50,02 1.6 Solicitud de reserva de continuidad: 218,85 1.7 Solicitud de cierre definitivo de oficina de farmacia: 312,65 2. Botiquines. 2.1 Solicitud de creación o cierre: 187,59 2.2 Solicitud de traslado u obras: 218,85 3 Servicios farmacéuticos de atención primaria, servicios de farmacia de hospitales y centros sociosanitarios y depósitos de medicamentos de hospitales y centros sociosanitarios. 3.1 Solicitud de creación o cierre: 312,65 3.2 Solicitud de traslado u obras: 218,85 3.3 Nombramientos: 50,02 4 Entidades de distribución de medicamentos (uso humano, veterinarios), sustancias medicinales y demás productos farmacéuticos. 4.1 Solicitud de creación o cierre: 355,58 4.2 Solicitud de traslado u obras: 248,89 4.3 Nombramientos: 56,88 4.4 Inspección y verificación de buenas prácticas de distribución: 454,50 5 Entidades o agrupaciones ganaderas, establecimientos comerciales detallistas de medicamentos veterinarios. 5.1 Solicitud de creación o cierre del servicio de farmacia: 312,65 5.2 Solicitud de traslado u obras del servicio de farmacia: 218,85 5.3 Nombramientos: 50,02 6 Secciones en oficinas de farmacia. 6.1 Solicitud de creación: 312,65 7 Unidades de fabricación de piensos medicamentosos. 7.1 Solicitud de creación o cierre: 312,65 7.2 Solicitud de traslado u obras: 218,85 8 Centros elaboradores de autovacunas de uso veterinario. 8.1 Solicitud de creación o cierre: 355,58 8.2 Solicitud de traslado u obras: 248,89 8.3 Inspección y verificación de normas de correcta fabricación: 454,50
Se modifica el apartado 4 y se añade el 8 por la disposición final 1.12 y 13 de la Ley 2/2017, de 11 de abril. Ref. BOE-A-2017-5085
Tus anotaciones
ProBOPV-p-2007-90050#art-166