Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 142 quinquies
182 / 275En vigor desde 30 mar 2011
La cuantía de la tasa será de 10 euros.
Se añade por la disposición adicional de la Ley 2/2011, de 17 de marzo. Ref. BOE-A-2011-6648#da
Tus anotaciones
ProBOPV-p-2007-90050#art-142-quinquies