Art. 142 quáter
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO VIII

Art. 142 quáter

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En vigor desde 30 mar 2011
La tasa se devengará en el momento de la presentación de las solicitudes para la realización del examen de aptitud para el ejercicio de la caza. Se añade por la disposición adicional de la Ley 2/2011, de 17 de marzo. Ref. BOE-A-2011-6648#da

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Pro

BOPV-p-2007-90050#art-142-quater