Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 116
151 / 275En vigor desde 18 feb 2021
Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de los siguientes servicios:
a) Control metrológico.
b) Inspecciones técnicas de vehículos y expedición de la correspondiente documentación.
c) Inscripción registral de instalaciones de rayos X.
d) Evaluación de riesgos inherentes a los accidentes en los que intervienen sustancias peligrosas.
Se añade la letra d) por la disposición final 1.3 de la Ley 1/2021, de 11 de febrero. Ref. BOE-A-2021-3764
Tus anotaciones
ProBOPV-p-2007-90050#art-116