Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 35
38 / 95En vigor desde 31 dic 2006
En los decretos de transferencia de funciones y servicios a que se refiere el título IV de esta ley y en atención a los principios de eficacia en la gestión administrativa y proximidad al ciudadano, podrá contenerse la atribución competencial a las comarcas de la gestión de procedimientos administrativos, incluyendo la resolución final, siempre que éstos se refieran a las materias enumeradas en el apartado 1 del artículo 9.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2006-90038#art-35