Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final única
279 / 279En vigor desde 9 ene 2006
Se faculta al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.
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ProBORM-s-2005-90022#disposicion-final-unica