Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 43
46 / 279En vigor desde 9 ene 2006
Las propuestas de Actuaciones de Interés Regional deberán contener las determinaciones y documentación necesarias para acreditar su justificación, ámbito territorial, alcance y contenido, afección de terrenos exteriores, plazos, inversiones comprometidas y su acreditación, obligaciones que asume el promotor y, en su caso, garantías que se le exijan del cumplimiento de obligaciones y plazos. Incorporarán el Estudio de Impacto Territorial regulado en los artículos 48 y 49 de esta Ley.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2005-90022#art-43