Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 37
40 / 279En vigor desde 9 ene 2006
Los Planes de Ordenación del Litoral tienen por finalidad la ordenación de las playas y fachadas marítimas en orden a su homogeneización, subdividiéndose los mismos en Planes de Ordenación de Playas y de Ordenación de fachadas marítimas.
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ProBORM-s-2005-90022#art-37