Título GRUPO 7›Capítulo T710
Art. 6
325 / 508En vigor desde 1 ene 2019
1. Las asociaciones ganaderas y agrupaciones de defensa sanitaria, que suscriban con la Administración convenios de colaboración en materia de producción y sanidad animal se beneficiarán de una reducción del 60 por 100 de la cuota en los diagnósticos efectuados a petición de parte.
2. Estará exenta la expedición de los certificados relativos a movimientos de diez o menos animales, siempre que la actividad no lleve aparejada ninguna otra tasa complementaria, ya sea por inspección o visita de facultativo.
Se modifica por el art. 59.8 de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-2039
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-6-12