Art. 5
Título GRUPO 9Capítulo T960

Art. 5

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En vigor desde 26 jun 2021
1. Están exentos del pago de las cuotas los sujetos pasivos que acrediten cualquiera de las siguientes circunstancias: a) ser miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial conforme a la normativa vigente. b) ostentar la condición de víctima del terrorismo legalmente reconocida. c) acreditar ser o haber sido víctima de violencia de género. d) Ser alumno de cuarto de Educación Secundaria Obligatoria o de Segundo de Bachillerato de los programas de Secciones Bilingües en el curso de inscripción en la prueba de certificación. e) Personal empleado público que realice, en el curso de inscripción en la prueba de certificación, acciones formativas en la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública correspondientes a los niveles B1 o B2 del MCERL o haya superado alguno de los referidos niveles en el programa FormaCarm. 2. Gozarán de exención total de la cuota establecida únicamente en la primera matrícula que se formalice para cada convocatoria en un mismo idioma y nivel las personas que acrediten poseer una discapacidad con un grado igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa. 3. Tendrán una bonificación del 75% en la cuota los siguientes sujetos pasivos: a) Los miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general. b) Los solicitantes que acrediten hallarse en situación de desempleo en el momento de devengo de la tasa. Se modifica el apartado 3 por el art. 60.23 de la Ley 1/2021, de 23 de junio. Ref. BOE-A-2021-21313#a6-2 Se añade la letra e) al apartado 1 por el art. 59.12 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-2468 Se añade la letra d) al apartado 1 por el .15 de la Ley 7/2011, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-2270 Se añade por el .15 de la Ley 3/2010, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-10362

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Pro

BORM-s-2004-90027#art-5-58