Título GRUPO 3›Capítulo T310
Art. 4
155 / 508En vigor desde 26 jun 2021
1. Por cada autorización:
a) De Casinos: 4.821,629760 €.
b) De Salas de Bingo: 1.112,957496 €.
c) (Suprimido).
d) De Salones de Juego: 445,041504 €.
e) De rifas y tómbolas: 87,36 €.
f) De empresas de juego en general y su inscripción: 148,340232 €.
g) Expedición de guías de circulación de otros aparatos y material de juego: 44,58 €.
h) De explotación e instalación de máquinas recreativas de tipo B y de azar tipo C y sus interconexiones: 74,180520 €.
i) De instalación de máquinas recreativas y de azar (boletines de situación): 14,846508€.
j) De inscripción en el Registro de modelos de máquinas recreativas y de azar y otros elementos de juego: 218,161476 €.
k) Para instalar máquinas en bares y cafeterías: 14,846508 €.
l) De locales específicos de apuestas y áreas de apuestas: 524,05 €.
m) Modificación de las anteriores autorizaciones, 50% de la tarifa correspondiente.
n) Renovación de las anteriores autorizaciones, 50% de la tarifa correspondiente.
2. Expedición de Documentos y otros trámites.
a) Documentos profesionales: 22,295772 €.
b) Certificaciones: 14,846508 €.
c) Diligenciado de libros, excepto cuando se trate de autorizaciones de local o cambio de titular: 14,846508 €.
d) Diligenciado de guías de circulación de máquinas recreativas y de azar: 7,449264 €.
e) Transmisión de permisos de explotación: 22,295772 €.
f) Cambio de establecimiento o canjes de máquinas: 14,846508 €.
g) Inclusión o exclusión voluntaria en el listado de personas con acceso prohibido a Casinos, Salas de Bingos y otros locales: 62,528040 €.
h) Duplicado de guías: 8,98 €.
i) Baja definitiva de máquinas recreativas: 8,55 €.
3. Por la revisión o inspección de locales y materiales de juego.
a) De casinos:
1. Por cada mesa de juego que se inspeccione:
– Por prueba física: 378,63 euros.
– Por prueba Estadística: 2.776,59 euros.
2. Por las barajas: 1.262,08 euros.
3. Por cada Máquina de tipo C que se inspeccione: 140,00 euros.
b) Por cada máquina de tipo B que se inspeccione: 140,00 euros.
Se modifica el apartado 3 por el art. 60.16 de la Ley 1/2021, de 23 de junio. Ref. BOE-A-2021-21313#a6-2 Se modifica por el art. 59.6 de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-2039 Se modifica el apartado 1 por el .6 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-752 Se modifica el apartado 1 por el .6 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1927 Se añaden las letras h) e i) al apartado 2 por el .7 de la Ley 7/2011, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-2270 Se modifican los apartados 1.g) y 3.b) por el .8 de la Ley 8/2004, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2005-14444 Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BORM núm. 59, de 12 de marzo de 2005. Ref. BORM-s-2005-90259 .
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-4-19