Art. 3
Título GRUPO 6Capítulo T651

Art. 3

293 / 508
En vigor desde 28 dic 2004
El devengo de la tasa se producirá en el momento en que se solicite el permiso o concesión que dé lugar a la actuación administrativa o se lleven a cabo por los sujetos pasivos las actuaciones sujetas.

Tus anotaciones

Pro

BORM-s-2004-90027#art-3-45