Título GRUPO 6›Capítulo T651
Art. 3
293 / 508En vigor desde 28 dic 2004
El devengo de la tasa se producirá en el momento en que se solicite el permiso o concesión que dé lugar a la actuación administrativa o se lleven a cabo por los sujetos pasivos las actuaciones sujetas.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-3-45