Título GRUPO 4›Capítulo T410
Art. 3
186 / 508En vigor desde 28 dic 2004
La tasa se devengará en el momento de solicitarse las autorizaciones correspondientes o de realizarse las actividades sujetas.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-3-25
BORM-s-2004-90027#art-3-25