Art. 2
Título GRUPO 7Capítulo T780

Art. 2

366 / 508
En vigor desde 28 dic 2004
Tienen la condición de sujeto pasivo las personas físicas o jurídicas que soliciten la realización de alguna de las actuaciones administrativas sujetas a la tasa.

Tus anotaciones

Pro

BORM-s-2004-90027#art-2-61