Título GRUPO 7›Capítulo T761
Art. 2
353 / 508En vigor desde 28 dic 2004
Son sujetos pasivos de la tasa las personas naturales o jurídicas que soliciten autorizaciones o concesiones para instalaciones de explotaciones de cultivos marinos, los titulares de su otorgamiento o de las instalaciones en las que se realice la comprobación o inspección.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-2-58