Título GRUPO 6›Capítulo T670
Art. 2
309 / 508En vigor desde 1 ene 2018
Están obligados al pago de la tasa a título de sujetos pasivos las entidades colaboradoras y las empresas autorizadas en la inspección técnica de vehículos.
Se modifica por el art. 59.9 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-2468
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-2-49