Art. 2
Título GRUPO 1Capítulo T173

Art. 2

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En vigor desde 7 feb 2016
Son sujetos pasivos quienes soliciten el reconocimiento del grado de discapacidad regulada en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre. Se modifica por el art. 58.2 de la Ley 1/2016, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2016-3540 Se añade por el .5 de la Ley 7/2011, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-2270

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Pro

BORM-s-2004-90027#art-2-12