Título GRUPO 8›Capítulo T813
Art. 1
383 / 508En vigor desde 1 ene 2013
Constituye el hecho imponible la realización de las actividades de evaluación e informes técnicos que conlleva la tramitación de los procedimientos de autorización para la realización de estudios post-autorización de tipo observacional de medicamentos de uso humano en el ámbito de la Región de Murcia.
Se modifica por el .15 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1927 Se añade por el .25 de la Ley 8/2004, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2005-14444 Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BORM núm. 59, de 12 de marzo de 2005. Ref. BORM-s-2005-90259 .
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-1-65